Jurados y notarios electorales que incumplan sus deberes serán multados hasta con Bs 1.375
El momento de emisión del voto.
Los notarios, jurados y ciudadanos sancionados que no paguen la multa que se les fijó, podrían ser pasibles a cumplir un arresto o trabajo social.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE), mediante la Resolución TSE-RSP-ADM N° 0428/2024 sobre faltas y sanciones electorales, estableció multas económicas para jurados, notarios y otros actores que incumplan sus deberes durante la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2025.
Según la normativa, los jurados que no asistan o abandonen sin justificación las mesas de sufragio serán sancionados con el 50% del salario mínimo nacional vigente, equivalente a Bs 1.375.
Multas
De acuerdo con el reglamento. los jurados que no participen en las juntas de jurados deberán pagar una multa del 5% del salario mínimo. Quienes se ausenten temporalmente sin autorización de la presidencia de mesa serán sancionados con el 30% del salario mínimo.
Los jurados que no informen a los notarios sobre violaciones electorales serán pasibles a una multa del 50% del salario mínimo. Los notarios que no asistan a la organización de mesas, no colaboren en la capacitación de jurados o eludan responsabilidades durante la jornada electoral deberán pagar una multa del 50% del salario mínimo. La misma sanción se aplicará a quienes no reporten información en los sistemas de monitoreo o no distribuyan oportunamente el material electoral.
Por otro lado, los servidores públicos que utilicen vehículos oficiales sin autorización el día de la elección serán multados con el 20% del salario mínimo.
Multas para ciudadanos
Los ciudadanos que no voten o no presenten el certificado de sufragio dentro de los 90 días posteriores a la elección en entidades bancarias deberán pagar una multa del 20% del salario mínimo.
En caso de incumplimiento, se les restringirá por 90 días el acceso a cargos públicos, trámites bancarios y la obtención del pasaporte.
Están exentos de esta sanción quienes no pudieron votar por caso fortuito o fuerza mayor comprobada, las personas mayores de 70 años y quienes demuestren haber estado fuera del país el día de la votación.
Otras disposiciones
La normativa también sanciona con multas del 10% al 20% del salario mínimo a los ciudadanos que no se inscriban correctamente en el Padrón Electoral o incumplan resoluciones electorales.
De igual manera, quienes circulen en vehículos motorizados sin autorización el día de la elección recibirán la misma sanción.
Los funcionarios de entidades financieras que no exijan el certificado de sufragio en los casos establecidos por ley también serán sancionados con el 20% del salario mínimo vigente.
